martes, junio 27, 2006

(noticia) La inclusión del Flamenco en el Estatuto (y 2)

Dábamos cuenta la pasada semana de las dudas y recelos surgidos en los ambientes flamencos por la redacción del artículo 67 de la Proposición de Reforma del Estatuto de Autonomía, apuntado el disentimiento formal que ha expresado la Cátedra de Flamencología de Cádiz con la redacción del mismo. No hubo sitio para más. Pero, como también se dijo, el debate abierto merece la reflexión serena de los sectores implicados, y como parte que me siento de ese mundo, aquí va la de este comentarista.

Sin haber ahondado en el asunto, ya expresé mi alegría por una inclusión que no se había producido en el anterior Estatuto. Una impresión que mantengo tras hacer mi propia reflexión y análisis de la propuesta. Me he ido al texto remitido a las Cortes Generales por el Parlamento de Andalucía, y he hallado la definición de las diferentes competencias: exclusivas, compartidas, ejecutivas...(Título II, Capítulo 1).

(leer +) [vía diario de cádiz]